Otra aberración judicial
El pasado martes, 20 de noviembre, en la Audiencia Nacional, se llevó a cabo el juicio por la quema de la fotografía, llevada a cabo semanas atrás en la ciudad de Girona.
El juez de la Audiencia Nacional, José Maria Vázquez Honrubia, encargado del proceso judicial por la quema de fotografías del ciudadano Juan Carlos (Rey y jefe del estado), deniega a los acusados, Jaume Roura y Enric Stern, el uso del catalán, en base a que en la comunidad de Madrid, este idioma no es oficial. Pero resulta que la Audiencia Nacional, como bien indica su nombre, no es de la comunidad de Madrid, sino del todo el territorio que conforma el estado.
Ante la legitima opción de los acusados, de utilizar su propio idioma, el catalán. Tanto el abogado defensor, como el propio fiscal, solicitaron al juez la intervención de un traductor. E incluso, un asistente a proceso judicial, estando cualificado para hacer de traductor, se ofreció a ello. Pero por parte de juez, la reacción inmediata, fue de negarse en rotundo.
A consecuencia de la situación que se estaba produciendo, a raíz de la legitima persistencia por parte de los acusados, de declarar en catalán. El juez, no solo se empecino a negarse a cumplir con la obligación de la intervención de un traductor, sino que encima se le ocurrió dirigir el proceso, instado a que a los acusados se les formulase las preguntas de forma que estos simplemente tuvieran que contesta SI o NO, palabras que en su significado, son idénticas tanto en castellano como en catalán.
Es bien sabido, que en los procesos judiciales, de antemano, ya se prevé si se requerirá la utilización de la participación de traductor. Y sucede de forma natural, sin que ello comporte ningún tipo de problema, ya que de hecho así lo ampara la ley.
Según una sentencia del Tribunal Constitucional, en caso de duda, prevalece la utilización de cualquier idioma oficial, ya sea algunos de los existentes en el estado, o cualquier otro del mundo.
El abogado defensor, Benet Salellas, solicitará la nulidad del proceso judicial, alegando indefensión por no permitirse a los acusados la utilización de su propio idioma, el catalán.
Sin duda, la rotunda negativa del juez, a que se tuviera que requerir la intervención de traductor, es del todo una deliberada provocación.
No obstante, el caso de este juez, no es único. Precisamente, el pasado viernes, 23 de noviembre, se conoció la sentencia del proceso judicial, por el vil asesinato de Josep Maria Isanta, el cual tenía 22 años, cunando en la conocidísima fiesta popular de la Patum de Berga, del año 2005, fue cruelmente asesinado.
Durante este proceso judicial, llevado a cabo en la Audiencia de Barcelona, a aquellos testimonios cuyo idioma es el catalán, se les impidió expresarse en dicho idioma durante la declaración que hacían. Esta circunstancia se dio a consecuencia, de que algunos de los acusados, esgrimieron que no entendían el catalán.
Entiendo que el acusado, ha de entender todo aquello que se dice durante el proceso judicial, pero no por ello se ha de impedir la legitimidad reconocida por la ley, de que testimonios, como era el caso, está en su derecho de expresarse en su propio idioma.
Hay que recordar que, a raíz de este hecho, el magistrado encargado del caso, se le abrió un expediente, el cual está pendiente de resolución.
